Jueves 05 de Septiembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 17:02,

LXIII LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Aprobadas reformas a Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas

Para mejorar la rendición de cuentas y la transparencia  del manejo de los recursos públicos, así como fortalecer los mecanismos de coordinación en el combate a la corrupción en nuestra entidad, en sesión ordinaria el pleno de la LXII Legislatura aprobó por unanimidad  reformar la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer la participación del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción en las sesiones de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado.

 

Con esta reforma, se facultará a la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado, entre otras atribuciones, a: Invitar a la sociedad civil organizada, así como a los miembros del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción, a que participen como observadores o testigos sociales en las sesiones ordinarias de la Comisión, y en la realización de ejercicios de contraloría social en los que se articule a la población con las entidades fiscalizadas.

 

En el dictamen aprobado se señala que de conformidad con el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Sistema Nacional Anticorrupción “es la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos”.

 

En términos del artículo 7 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, el Sistema Nacional Anticorrupción se integra, entre otros, por el Comité de Participación Ciudadana, el cual, conforme al artículo 15 de la Ley en cita tiene como objetivo coadyuvar, en términos de esta Ley, al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador, así como ser la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del Sistema Nacional.

 

El Comité Coordinador, conforme al artículo 8 de la Ley de mérito, es la instancia responsable de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del Sistema Nacional, y tendrá bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción.

 

Al respecto no debemos perder de vista que la participación ciudadana vista como la intervención de ciudadanos portadores de intereses sociales en actividades públicas, se hace efectiva cuando verdaderamente intervienen en las actividades del gobierno, no para asumir un cargo público, sino para contribuir al mejoramiento de la gestión púbica en beneficio de la población; de ahí que resulte viable la reforma propuesta, que busca procurar la participación del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción, en las sesiones de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado. 

 

REFORMA A LA LEY DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD ESCOLAR

 

Fue aprobado por mayoría, con 20 votos a favor y 1 en contra, reformar la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado y Municipios de San Luis Potosí, con el objetivo de ampliar el número de sesiones del Consejo Estatal de Prevención y Seguridad Escolar, para coadyuvar con la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado en la elaboración de la propuesta de políticas públicas en materia de prevención y seguridad escolar, así como para promover la colaboración del personal educativo con los padres de familia en actividades tendientes a propiciar la sana y tranquila convivencia, a través de la prevención de la violencia escolar.

 

Con esta reforma se establecerá que el Consejo Estatal de Prevención y Seguridad Escolar tendrá anualmente cuando menos cuatro sesiones ordinarias (y no dos como se contemplaba en la ley); la primera, deberá celebrarse al inicio del periodo escolar, con el objetivo de aplicar un diagnóstico de la situación que prevalezca al interior y exterior de los centros escolares, y generar el programa de Prevención y Seguridad Integral Escolar y las subsecuentes, durante el transcurso del ciclo escolar para dar seguimiento al programa aplicado durante el mismo; debiendo celebrar la cuarta sesión al concluir el ciclo escolar del año, a fin de evaluar los resultados del programa aplicado en el ciclo que concluyó. Asimismo, podrá celebrar sesiones extraordinarias cuantas veces sea necesario, previa convocatoria del secretario técnico.

 

En el dictamen aprobado se señala que el objetivo principal de la reforma es el de prevenir y proteger a nuestras niñas, niños y jóvenes de la violencia, acoso, maltrato y discriminación que se genera en el entorno escolar, a fin de que disfruten de un ambiente seguro y sano, propicio para el aprendizaje, en el que reciban una educación de calidad, a la cual tienen derecho. 

 

Por tal razón se consideró necesario aumentar el grado de actuación del Consejo Estatal de Prevención y Seguridad Escolar para establecer los principios y criterios que orientan la periodicidad en el diseño, la evaluación y el control de las políticas públicas en materia de seguridad escolar.

 

CONVOCATORIA PARA ELEGIR TITULAR DE LA CONTRALORIA INTERNA DE LA CEDH

 

Se aprobó por unanimidad la convocatoria pública a los interesados en ocupar el cargo de titular de la Contraloría Interna de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí. Esta convocatoria pública contiene las bases siguientes:

 

Primera. Las personas interesadas deberán presentar solicitud en escrito simple en la Oficialía de Partes del Congreso del Estado, ubicada en la planta baja del edificio “Presidente Juárez”, cito en calle Pedro Vallejo #200, zona centro de la ciudad de San Luis Potosí, del lunes 29 de abril de 2019 al viernes 3 de mayo de 2019, en horario de 8:00 a 14:30 horas.

 

Segunda. La solicitud deberá expresar nombres y apellidos; fecha de nacimiento; correo electrónico; y domicilio en la ciudad de San Luis Potosí, para, en su caso, oír y recibir notificaciones.

 

Tercera. Los interesados deberán cubrir los siguientes requisitos:

 

1. Ser ciudadano mexicano y tener por lo menos treinta años cumplidos al día de la designación. 2. No haber sido condenado por delito doloso que haya ameritado pena privativa de libertad. 3. No haber sido Gobernador del Estado, titular de alguna de las dependencias y entidades que conforman las administraciones públicas del Estado o los Municipios, Fiscal o Procurador General de Justicia del Estado, senador, diputado federal o local, presidente municipal, o dirigente de un partido político o asociación religiosa, durante el año previo al día de su designación. 4. Contar con título y cédula profesional que lo acrediten como Contador Público, Administrador Público, Licenciado en Derecho, o profesión afín a las funciones que ha de desempeñar, con una antigüedad de por lo menos cinco años a la fecha de la convocatoria. 5. Acreditar experiencia de por lo menos tres años en áreas de control, manejo o fiscalización de recursos. 6. No ser pariente por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado de los funcionarios o empleados de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí.

 

Cuarta. A la solicitud y con el fin de acreditar que cumplen con los requisitos, deberán acompañar la siguiente documentación, misma que deberá entregarse en sobre cerrado y firmado por el solicitante:

 

1. Acta de nacimiento expedida por la Dirección del Registro Civil. 2. Copia certificada de título y cédula profesional. 3. Currículum vitae, en el que se describa de manera pormenorizada la experiencia profesional que guarde relación con las funciones de la contraloría interna a que se refiere la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí. 4. Carta de NO antecedentes penales. 5. Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que: 5.1 No ha sido Gobernador del Estado, titular de alguna de las dependencias y entidades que conforman las administraciones públicas del Estado o los Municipios, Fiscal o Procurador General de Justicia del Estado, senador, diputado federal o local, presidente municipal, o dirigente de un partido político o asociación religiosa, durante el año previo al día de su elección. 5.2 Que no es pariente por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado de los funcionarios o empleados de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí. 6. Propuesta de plan de trabajo que, en su caso, llevará a cabo.

 

Los participantes al momento de inscribirse al proceso de designación a que se refiere estas bases, por tratarse de un procedimiento de interés público, aceptan que su currículum vitae, sea considerado de acceso público, con excepción de toda aquella información que contenga datos personales, de conformidad con lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, así como la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de San Luis Potosí. 

 

Quinta. Concluido el plazo para la presentación de solicitudes y documentos, la Comisión Especial sesionará a fin de revisar y determinar quiénes de los solicitantes cumplieron con los requisitos contenidos en estas bases, emitiendo el dictamen correspondiente y enviándolo al Pleno para su discusión y elección por votación mediante cédula. La Comisión Especial para proponer la designación del Contralor Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí publicará en el portal www.congresosanluis.gob.mx, sólo para efectos informativos, los nombres de todas las personas que hayan presentado solicitud.

 

APROBACIÓN DE DIVERSOS ASUNTOS

 

Fue aprobado el informe financiero del Congreso del Estado correspondiente al mes de marzo del año 2019. El  Presidente de la Junta de Coordinación Política, diputado Edson de Jesús Quintanar Sánchez, fue el encargado de presentar dicho informe en la Tribuna Legislativa.

 

Fueron aprobados los dictámenes que desecharon por improcedentes iniciativas turnos números 2987 y 1374, de la Sexagésima Primera Legislatura. Fue votado en contra, con 10 votos en contra y 7 a favor, el dictamen que desecharía por improcedente Punto de Acuerdo turno número 1614, de la Sexagésima Segunda Legislatura, por lo que se regresó a comisiones.

 

En la sesión ordinaria también se turnó a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por Poder Legislativo; demás Poderes del Estado; entes autónomos; ayuntamientos y organismos paramunicipales e intermunicipal; Poderes de otras entidades del país; Particulares e Iniciativas.

 

ASUNTOS GENERALES

 

En asuntos generales, fue aprobado por unanimidad un punto de acuerdo presentado por el diputado Edson de Jesús Quintanar Sánchez para que el Congreso del Estado exhorte a las autoridades federales, estatales y municipales que informen de las acciones que se realizan para combatir los incendios forestales que se registran en territorio potosino.

 

Además, las diputadas y diputados Edgardo Hernández Contreras, Edson de Jesús Quintanar Sánchez, María del Consuelo Carmona Salas, Marite Hernández Correa, Pedro César Carrizales Becerra, Martín Juárez Córdova, Angélica Mendoza Camacho, Sonia Mendoza Díaz, Rubén Guajardo Barrera y Mario Lárraga Delgado participaron, por separado, en la Tribuna Legislativa para desarrollar diversos tópicos.

 

El pleno del Congreso del Estado también ofreció un minuto de silencio por el sensible fallecimiento del pintor y muralista Héctor Domínguez, su hermano Julio Emmanuel Domínguez Rodríguez, así como el padre de ambos Aureliano Domínguez;  y condenó su asesinato.

 

Agotados los asuntos agendados la presidenta de la Directiva, diputada Sonia Mendoza Díaz, citó al pleno de la LXII Legislatura a sesionar a partir de las 10 horas del jueves 02 de mayo del año 2019 en el salón “Ponciano Arriaga Leija” ubicado en la sede del Congreso del Estado de Jardín Hidalgo número 19.