Establecer acciones de prevención de abuso sexual en escuelas
En reunión de trabajo, la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la LXII Legislatura, que preside la diputada María del Consuelo Carmona Salas, continúo con el análisis de la iniciativa que presentó el legislador Edson de Jesús Quintanar Sánchez para reformar la fracción XIX del artículo 22 de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí, en materia de prevención del abuso sexual en las escuelas.
Con esta reforma se busca ampliar las atribuciones de la autoridad educativa estatal para que ya no solamente deberá planear, ejecutar y evaluar programas para prevenir y atacar la farmacodependencia, el alcoholismo y el pandillerismo, sino que ahora también para prevenir el abuso sexual, informó la legisladora Carmona Salas.
El programa a que se refiere el presente decreto atenderá al menos investigaciones sobre las causas del abuso sexual; capacitación, asesoría y acompañamiento en casos de abuso sexual así como información a los padres de familia y tutores para evitar la incidencia de este delito. Se establecerá como parte del procedimiento para atender el ilícito la obligación de presentar las denuncias penales correspondientes.
Dijo que también analizaron la iniciativa que presentó ella para reformar el artículo 80 fracción III de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer que los particulares que impartan educación con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios deberán:
I. (…) II.- (…)
III La institución educativa deberá otorgar un número de becas completas o el correspondiente número en becas parciales, equivalente al cinco por ciento del monto total obtenido por concepto de inscripciones y colegiaturas, de los alumnos inscritos en aquellos estudios que cuentan con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, otorgados por la Secretaría de Educación. Dentro de este porcentaje no deberán considerarse las becas que la institución conceda a los hijos o familiares de su personal con el carácter de prestación laboral.
Las instituciones educativas podrán otorgar un número de becas mayor al cinco por ciento referido.
Las becas serán otorgadas por una comisión integrada como mínimo por, la máxima autoridad educativa de la institución privada, un representante de padres de familia, y un representante de la autoridad educativa.
Asimismo, las becas que se otorguen deberán asignarse tanto a los alumnos de primer ingreso a la institución, como a los demás estudiantes que cursen los siguientes ciclos escolares del plan de estudios.
Además, analizaron lo del Parlamento de las Niñas y los Niños 2019 que se realizaría en el próximo mes de abril, sostuvo la legisladora Carmona Salas.