Iniciativa para tipificar el delito de suplantación de identidad
Se espera a la brevedad sea aprobada la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, con el objetivo de tipificar como delito la suplantación de identidad de las personas, para atacar principalmente los delitos relacionados con daño patrimonial, informó el diputado Héctor Mendizábal Pérez.
El legislador, que es promovente de esta iniciativa, señala que con esta adición se busca establecer que delito de suplantación de identidad quien se atribuya por medios electrónicos, informáticos, redes sociales o cualquier otro medio, la identidad de otra persona u otorgue su consentimiento para llevarla a cabo, produciendo con ello un daño patrimonial, daño moral o algún lucro indebido para sí o para otra persona.
A quien cometa este delito se le impondrá una sanción con prisión de tres a ocho años y multa de 1,000 a 1,500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y, en su caso, la reparación del daño que se hubiera causado.
Explicó que este tipo de delitos daña gravemente el patrimonio de la población, ya que la suplantación de identidad se liga principalmente al fraude financiero, “esto con carácter o con el fin ilícito de hacer compras a nombre de terceros sin su autorización, es un fraude con la utilización de datos personales incluso de tarjetas de crédito, esta modalidad es la suplantación de identidad, se hace pasar por otra con un historial de crédito y utilizando estos datos comete robo o fraude”.
Señaló esta iniciativa se encuentra en análisis al interior de la Comisión de Justicia, y se buscará que pueda ser dictaminada a la brevedad para poder someterse a votación en el pleno.
Agregó que recientemente se aprobó también una adición al Código Penal para sancionar la cobranza ilegítima o extrajudicial, para establecer claramente que las personas deudoras solamente podrán ser requeridas para el cobro de sus adeudos por la vía judicial, y serán sancionadas prácticas de intimidación o amenazas que sean ejecutadas por despachos de cobranza para exigir el cobro de la deuda.
“Porque se hizo costumbre que los acreedores utilizaran vías extraoficiales para el cobro de deudas, sin que los deudores dejaran de reconocer la deuda, pero había acoso, molestia, llamadas que luego son en horarios inoportunos y otras medidas que son extrajudiciales o ilegales y hoy en San Luis cualquier deuda debe exigirse por la vía judicial y solo así se puede cobrar”.