Martes 23 de Julio 2024 San Luis Potosi, Hora Local 12:07,

LXIII LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Mejorar la rendición de cuentas

Mejorar la rendición de cuentas

Debido a que la rendición de cuentas es uno de los mecanismos mediante el cual se da seguimiento al ejercicio de los recursos públicos para garantizar que éstos sean aplicados de manera   eficiente, eficaz, transparente y se favorezca el bienestar de la población potosina, la diputada Esther Angélica Martínez Cárdenas presentó una iniciativa para reformar el artículo 39 de la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí. 

El objetivo es homogenizarla y armonizarla con la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, así como con los principios de fiscalización superior plasmados en la Constitución Federal, en materia de cuentas públicas municipales. 

Con esta reforma se establecería en la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí que las cuentas públicas municipales anuales se entregarán al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, previo conocimiento de sus Cabildos respectivos, y con independencia de que sean aprobadas o no,  a más tardar el treinta y uno de enero del año siguiente al de su ejercicio. 

Además, que los órganos internos de control deberán mantener actualizados los domicilios  para recibir notificaciones de los funcionarios y servidores públicos que participen o hayan participado en el ejercicio de los recursos públicos reportados la cuenta pública.

En su iniciativa, la legisladora Martínez Cárdenas señala que actualmente el  artículo  53  de  la  Constitución  del  Estado de  San  Luis  Potosí establece que en su quinto párrafo  “Las  cuentas  públicas  municipales ,  previo  conocimiento  de  los   cabildos respectivos, y con independencia de que sean aprobadas o no, se entregarán en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el treinta y uno de enero del  año  siguiente  al  de  su ejercicio”.

Sin embargo, actualmente la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí establece que las cuentas públicas municipales anuales se entregarán al Congreso del Estado y, en sus recesos,  a  la  Diputación  Permanente,  previa  su  aprobación  por  los  ayuntamientos respectivos, a más tardar el treinta y uno de enero del año siguiente al de su ejercicio; salvo que se trate del último año del ejercicio de las administraciones municipales pues, en tal caso,   las   cuentas  públicas   se   presentarán   durante   la   última   semana   del   periodo constitucional de los ayuntamientos, debiendo además señalar domicilio para oír notificaciones  una  vez que  concluya  el  encargo. El  periodo  del  que  hubiera dejado  de informarse deberá incluirse en la primera cuenta pública del ayuntamiento entrante.

Por ello, la necesidad de modificar la Ley de la Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí. 

Esta iniciativa de Martínez Cárdenas se turnó a las comisiones de Gobernación; y Vigilancia para su análisis correspondiente.