Martes 27 de Agosto 2024 San Luis Potosi, Hora Local 22:58,

LXIII LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Propuesta busca hacer más legibles edictos

El diputado Oscar Carlos Vera Fábregat presentó una iniciativa de reforma al Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer los requisitos para que sean legibles las publicaciones de edictos tales como en el capítulo de las notificaciones, de los concursos, de las testamentarias, de los intestados, del nombramiento de tutores y del discernimiento de cargo, de las informaciones ad-perpetuam y de los remates, entre otros.

Debido a que actualmente la mayoría de las veces las publicaciones que realizan los periódicos designados de los edictos son completamente ilegibles, lo que da como consecuencia que los interesados, terceros o cualquiera que deba comparecer o tenga interés en el asunto de donde se generen estas publicaciones, se encuentren en un completo estado de indefensión al no poder advertirlas.

Lo cual es a todas luces contrario a la naturaleza de los edictos ya que su finalidad es que las autoridades den a conocer a una persona o una colectividad determinada información y de esta manera se hagan sabedoras de ésta y, en su caso, comparezcan al procedimiento que sea de su interés según sea el caso y para que deduzcan sus derechos.

En la iniciativa presentada Vera Fábregat señala que es necesario y urgente que se lleve a cabo la reforma propuesta, ya que aún y cuando se contemplan las veces y los plazos en los que deberán ser publicados los edictos en nuestra legislación vigente, no se encuentra establecido este requisito de forma que es sumamente importante, como lo es la legibilidad en las publicaciones por edictos, para que se cumpla la función primordial para la que éstos existen en nuestro sistema jurídico.

Asimismo, agregó, son de contemplarse las consecuencias tan graves que está acarreando dentro de los procesos judiciales el hecho de que dichas publicaciones no sean legibles para las personas, ya que la persona o una colectividad no se hacen sabedores de los actos que la autoridad esta publicitando.

“El hecho de que no se logre la finalidad que por su naturaleza tienen los edictos los hace gravemente ineficaces, ociosos y lo más importante deja en estado de indefensión a quienes tienen el derecho a saber la información que la autoridad está dando a conocer; lo cual a su vez, trae consecuencias jurídicas fatales y hasta de imposible reparación, afectando la esfera de jurídica y de derechos de los ciudadanos. Es por ello que, con la finalidad de salvaguardar la naturaleza de los edictos, así como los derechos de los ciudadanos, es menester que se lleve a cabo la reforma propuesta”, sostiene el legislador.

Con esta reforma se establecería en el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí que los edictos se publicarán de forma legible, con la tipografía Arial y en un tamaño de 11 puntos para el título 9 puntos para el contenido, por tres veces consecutivas, en el Periódico Oficial, en el de mayor circulación o en ambos, a juicio del juez, haciéndose saber que debe presentarse el citado dentro de un término que no bajará de treint a ni excederá de sesenta días.

Esta iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis correspondiente.