Reforma a legislación para prohibir envases de unicel en establecimientos
La Comisión de Ecología y Medio Ambiente de la LXII Legislatura, aprobó la iniciativa de reforma a la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, para prohibir el uso de envases de un solo uso, conocidos como de unicel, para el consumo de bebidas o alimentos en establecimientos comerciales y mercantiles.
También se aprobó la iniciativa para el mejoramiento de sistemas de recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos y residuos de manejo especial implementando su recolección por días diferenciados, para cada tipo de residuo sólido.
En la sesión de trabajo de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente del Congreso del Estado, estuvieron el presidente diputado Cándido Ochoa Rojas, la vicepresidenta diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez y el secretario diputado Oscar Vera Fabregat.
En lo que se refiere la prohibición de unicel, la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, aprobó la reforma al artículo 107 en sus fracciones, VIII y IX y párrafo penúltimo; y adiciona, al mismo artículo 107 de la fracción X, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí.
Se plantea que en la fracción X, la prohibición del uso de envases de un solo uso, conocidos como de unicel, para el consumo de bebidas o alimentos en establecimientos comerciales y mercantiles.
Se señala que las disposiciones establecidas en los artículos, 104 fracción V inciso c), y 107 fracciones IX y X de esta Ley, no son aplicables en el uso de bolsas de empaque o productos de origen, para conservación de alimentos, para uso médico y cien por ciento biodegradables y compostables.
Los legisladores destacaron que esta propuesta tiene el objeto de buscar la reducción, sustitución y reciclamiento del unicel mediante políticas de concientización y centros de acopio.
De acuerdo a la opinión del catedrático de la Facultad de Derecho, Manuel Alejandro Lizardi Jiménez, se advierte que uno de los elementos más contaminantes del planeta es el unicel, científicamente denominado poliestireno expandido, pues este material es usado para la elaboración de utensilios para la comida, el deporte, la educación, entre otros formas de utilización.
Posteriormente, la Comisión de Ecología y Medio Ambiente de la LXII Legislatura, también aprobó la iniciativa de reforma a los artículos 104 en su fracción II, y 109 en su fracción IV, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, que presentó el diputado Edgardo Hernández Contreras.
Esta iniciativa plantea en la reforma al artículo 104 que la SEGAM en coordinación con los ayuntamientos para los efectos de este capítulo promoverá el mejoramiento de sistemas de recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos y residuos de manejo especial implementando su recolección por días diferenciados, para cada tipo de residuo sólido.
En el artículo 109, se busca que con el objeto de prevenir y controlar los efectos nocivos que pudieran ocasionar los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, los respectivos municipios con la participación que corresponde al Gobierno del Estado, impulsarán una serie de programas.
“En su fracción IV.- De concientización y organización ciudadana vecinal para promover la cultura, educación y capacitación ambientales; así como la eliminación del uso de bolsas de plástico y popotes, promoviendo la clasificación y entrega separada a los servicios públicos, o privados de recolección de los residuos sólidos y de manejo especial”.