Sanciones penales a quien realice obras sin autorización municipal
El pleno del Congreso del Estado aprobó reformar el artículo 308 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí con el objetivo de tipificar como delito penal el realizar sin contar con la autorización municipal, obras o edificaciones en suelos destinados a vialidades; áreas verdes; bienes de dominio público; o lugares que tengan legal, o administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico, o cultural, o que por los mismos motivos hayan sido considerados de especial protección.
Con las modificaciones a la ley, a quien cometa este delito se le impondrá una pena de seis meses a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de un mil a tres mil días de salario mínimo vigente en el Estado.
En la exposición de motivos del dictamen aprobado se señala que esta adecuación al Código Penal del Estado en su arábigo 308, al no ser suficiente la sanción administrativa y, como consecuencia, de la demanda de la sociedad, para atenuar la actividad especulativa que ocasiona el detrimento en ciudades y zonas paisajísticas.
Se establece que as ciudades representan lugares donde el dinero, los servicios y la riqueza están centralizados, y donde la movilidad social es posible. Las empresas que generan puestos de trabajo y capital, se encuentran normalmente en las zonas urbanas.
Si la fuente es el comercio o el turismo, es también a través de las ciudades que el dinero extranjero entra en un país. Por ello, la urbanización representa una labor primordial del Estado, que le permite a los habitantes de determinado lugar su desarrollo pleno, garantiza a los mismos mejores oportunidades en la búsqueda de una vida digna; por ello la inminente necesidad de establecer límites al uso del suelo, a través de la sanción penal, pues ello permitirá que la urbanización sea basada en estudios adecuados al uso de suelo, la planeación y el desarrollo del Estado.
No obstante que nuestra Entidad cuenta con una normativa adecuada para un desarrollo urbano y territorial ordenado, la urbanización, el crecimiento de la población desordenado, la demanda de vivienda, y la movilización, son algunos de los factores que influyen para que el desarrollo urbano, como consecuencia de constructores y contratistas que no observan las disposiciones legales, afecten lugares con valor paisajístico, ecológico, artístico, o histórico.