Martes 12 de Noviembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 21:34,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Unidades de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos en dependencias

A propuesta de la diputada Sonia Mendoza Díaz, el pleno del Congreso del Estado aprobó la adición de un párrafo al artículo 19, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí, a fin de que las dependencias y entidades de la administración pública estatal que cuenten una Dirección, Subdirección, Área o Unidad de Asuntos Jurídicos, se conviertan en unidades de “Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos”.

 

Esto con el objetivo de que las mismas, asuman y promuevan el enfoque en derechos humanos, para respetar, proteger, promover y garantizar derechos humanos, mediante la atención, opiniones, y coadyuvancia en el cumplimiento a las recomendaciones en la materia, así como la implementación de políticas públicas y la resolución de aquellos asuntos relacionados con el cumplimiento de los derechos humanos, lo anterior, en coordinación con la Secretaría General de Gobierno.

 

En la exposición de motivos, se manifiesta que al establecer esta incorporación en las direcciones o subdirecciones jurídicas de la perspectiva de derechos humanos se podrán reforzar sus funciones en un espacio de gobernabilidad.

 

Con la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, las direcciones, subdirecciones, unidades, o áreas de asuntos jurídicos, atenderán además los temas relativos a Derechos Humanos, a fin de que estas áreas puedan asumir y aplicar tal enfoque en sus actuaciones, y gestionar que en la dependencia o entidad de que se trate se respeten, protejan, promuevan y garanticen derechos humanos, mediante la atención, opiniones, y coadyuvancia en el cumplimiento a las recomendaciones en la materia.

 

Además, promoverán la implementación de políticas públicas y la resolución de los asuntos relacionados con el cumplimiento de los derechos humanos, ello en coordinación con la Secretaría General de Gobierno.

 

En sus artículos transitorios, se exceptúa de esta disposición a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de Gobierno, en virtud de la existencia de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Asuntos Jurídicos, dependiente de esa misma Secretaría, de la que a su vez depende la Dirección General de Derechos Humanos.

 

Además, se indica que la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado, se coordinará con la Comisión Estatal de Derechos Humanos, o con las universidades o instituciones académicas públicas que considere, a fin de garantizar que el personal adscrito a las direcciones, subdirecciones, unidades o áreas de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de las dependencias y entidades de la administración pública a que se refiere el presente Decreto, se encuentre debidamente capacitado en la materia de derechos humanos.