Martes 23 de Julio 2024 San Luis Potosi, Hora Local 16:01,

LXIII LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Recursos de sanciones electorales para instituciones publicas

Recursos de sanciones electorales para instituciones publicas

El Diputado del Partido Nueva Alianza, Rubén Magdaleno Contreras, presentó una iniciativa que plantea reformar la Ley Electoral del Estado, con la finalidad de que los recursos que se obtengan por la aplicación de sanciones económicas en materia electoral, se destinen a las instituciones públicas estatales encargadas de la promoción, fomento y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación.

La iniciativa presentada por el presidente de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, plantea reformar el artículo 35 y adicionar 2 párrafos al artículo 455 de la Ley Electoral del Estado.

Magdaleno Contreras, explicó que en la pasada legislatura, el exdiputado del Partido Nueva Alianza, Crisógono Sánchez Lara, presentó una iniciativa que solicitaba que dichas multas fueran destinadas únicamente al Copocyt.

Sin embargo, dijo, es necesario que esos recursos se destinen no solo a una institución, sino a todas aquellas que fomentan el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación.

“La propuesta sería en el sentido de que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, no transfiera únicamente recursos económicos, sino, que también pueda realizar convenios, colabore, vigile y evalué, que los recursos económicos, destinados por este fin procuren el desarrollo, el crecimiento y la consolidación de la participación ciudadana y la vida democrática, a través de la investigación científica y tecnológica”, apuntó el legislador del PANAL.

Magdaleno Contreras detalló que en su iniciativa, se especifica que los recursos recaudados por conceptos de multas y demás sanciones económicas, derivadas de infraccione señaladas en la Ley Electoral serán destinados para el crecimiento y la consolidación de la participación ciudadana y la vida democrática de San Luis Potosí, a través de los convenios que celebre el Consejo, con las instituciones públicas estatales encargadas de la promoción, fomento y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación, en términos del artículo 35 de esta Ley.